APERTURA PLAZO IMPLANTACION VOLUNTARIA DEL SISTEMA BATUZ

Apertura plazo implantación voluntaria del sistema BATUZ

De acuerdo con la Norma Foral 6/2021, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas para el impulso de la reactivación económica, para la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema Batuz y otras modificaciones tributarias, Batuz será obligatorio para los periodos del IRPF, del IS y del IRNR (para los establecimientos permanentes de contribuyentes no residentes) que se inicien a partir de 1 de enero de 2024.

No obstante, las y los contribuyentes podrán aplicar voluntariamente el sistema Batuz a partir de 1 de enero de 2022.

Para ello, deberán presentar una comunicación a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia en los plazos que se recogen en la tabla del apartado “Compensación por la aplicación voluntaria del sistema Batuz”.

Puede acceder a este trámite en el siguiente enlace:

Comunicación de la opción por la aplicación voluntaria del sistema Batuz

Las personas físicas, las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que opten por la aplicación voluntaria del sistema Batuz gozarán de una compensación en sus declaraciones del IRPF y del IS de los periodos 2022 y/o 2023.

La compensación consistirá en una reducción del rendimiento neto positivo de las actividades económicas del IRPF o de la base imponible positiva del IS o del IRNR de acuerdo con la siguiente tabla:

Opción por la aplicación voluntaria de Batuz Inicio Porcentaje de reducción IRPF/IS – Periodo 2022 Porcentaje de reducción IRPF/IS – Periodo 2023
Desde 15-12-2021
Hasta 14-1-2022
1-1-2022 15% 15%
Desde 1-2-2022
Hasta 5-3-2022
1-4-2022 13% 13%
Desde 1-4-2022
Hasta 5-6-2022
1-7-2022 11% 11%
Desde 1-7-2022
Hasta 5-9-2022
1-10-2022 9% 9%
Desde 1-10-2022
Hasta 5-12-2022
1-1-2023 5%
Desde 1-1-2023
Hasta 5-3-2023
1-4-2023 4%
Desde 1-4-2023
Hasta 5-6-2023
1-7-2023 3%
Desde 1-7-2023
Hasta 5-9-2023
1-10-2023 2%

 

La compensación estará condicionada al cumplimiento de las obligaciones del sistema Batuz a partir del momento en que esta comunicación surta efectos, según la tabla anterior, es decir:

  • A emitir las facturas o justificantes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios mediante un software garante TicketBAI.
  • Y a llevar el libro registro de operaciones económicas (LROE) en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

El incumplimiento de estas obligaciones supondrá la pérdida de la compensación. No obstante, el régimen sancionador específico del sistema Batuz sólo será aplicable respecto de las infracciones que se cometan a partir de 1 de enero de 2024.

DEDUCCIÓN BATUZ

Asimismo, se extiende a los años 2022 y 2023 la deducción Batuz en cuota íntegra del IRPF o del IMPUESTO DE SOCIEDADES del 30% de las inversiones y gastos de adaptación al sistema. Esta deducción es compatible con la compensación por la aplicación voluntaria del sistema Batuz.

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